La AFSCA dejó sin efecto concurso público TV Digital
La AFSCA dejó sin efecto el concurso público para prestar un servicio de televisión abierta digital y en un lapso de 30 días elaborará los nuevos pliegos, a fin de instrumentar el ingreso de nuevos prestadores, donde prime una visión federal inclusiva y para incorporar nuevas tecnologías.

Por Resolución 929/2012, la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) dejó sin efecto concurso público convocado para la adjudicación de licencias para prestar un servicio de comunicación audiovisual de televisión abierta digital, fundamentando que la actual coyuntura aconseja modificar la forma de instrumentar el ingreso de nuevos prestadores al sistema, implementando un procedimiento de concurso público donde prime una visión federal inclusiva.
Fuente:http://www.prensa.argentina.ar/
Deja sin efecto el concurso público convocado a través de la Resolución
N° 686-AFSCA/11 modificada por su similar N° 812-AFSCA/11, a personas
físicas o personas de existencia ideal con y sin fines de lucro, para
prestar un servicio de comunicación audiovisual de televisión abierta
digital en la norma ISDB-T, a través de la incorporación de la señal,
con definición estándar, en un canal digital de televisión que utiliza
la Plataforma Nacional de Televisión Digital Terrestre de la Empresa
Argentina de Soluciones Satelitales Sociedad Anónima (ARSAT), en los
términos del artículo 1° del Decreto Nº 835/11.
Deroga la Resolución Nº 685-AFSCA/ 11, (su circular aclaratoria aprobada
por Resolución Nº 1636-AFSCA/11 y su rectificatoria aprobada por
Resolución Nº 1657-AFSCA/11), a través de la cual se aprobaron los
pliegos de bases y condiciones generales y particulares, tendientes a
regir los concursos públicos para la adjudicación de licencias.
Precisa que las áreas competentes del organismo elaborarán —en un plazo
de 30 días— el proyecto de los nuevos pliegos de bases y condiciones
generales y particulares tendientes a regir los concursos públicos para
la adjudicación de licencias.
Dentro de los 120 días el Organismo aprobará el cronograma a través del
cual se fijarán los días y horarios en los que se realizarán los actos
de apertura de concursos públicos.
Se instruye a las áreas competentes del Organismo a fin de que
determinen la factibilidad de la incorporación de la señal en alta
definición en el canal digital de televisión para los concursos que se
convoquen.
La resolución lleva la firma de los integrantes del directorio de AFSCA, Santiago Aragón e Ignacio Saavedra.
En los considerandos recuerda que los llamados procuraron el desarrollo
de la televisión digital, convocándose — en una primera etapa— a
concurso público para adjudicar licencias de TV, allí donde la
televisión pública, a través de ARSAT, instaló plantas transmisoras y ha
iniciado las transmisiones digitales.
Tras reafirmar que la actual coyuntura aconseja modificar la forma de
instrumentar el ingreso de nuevos prestadores al sistema, en la que
prime una visión federal e inclusiva, expresa que la AFSCA se encuentra
abocado a analizar y reelaborar los pliegos de bases y condiciones,
buscando adaptarlos; y por su intermedio dar respuesta a las
observaciones y consultas que oportunamente se formularon a su respecto.
Señala que en particular, personas jurídicas sin fines de lucro han
solicitado la reducción de los valores de los pliegos de bases y
condiciones, argumentando que los mismos resultaban excesivamente
onerosos para el sector.
Paralelamente –agrega-, en el aspecto técnico se continúan adoptando
medidas de reordenamiento y modificación de las atribuciones de
frecuencias de la banda de UHF, e impulsando las relativas a
coordinación internacional en el ámbito Mercosur, con el objeto de
posibilitar así el ingreso de nuevos prestadores.
Con idéntico objetivo de aprovechamiento y aplicación de nuevas
tecnologías –agrega- se han formulado consultas relativas a la
factibilidad de que la incorporación de la señal en el canal digital de
televisión lo sea en alta definición. Destaca que la televisión de alta
definición resulta un paradigma tecnológico al que se aspira en un
futuro inmediato.
Dice además que corresponde evaluar las solicitudes formuladas, a fin de
aprovechar las potencialidades que las nuevas tecnologías ofrecen.
Asimismo –agrega-, es necesario escalonar el ingreso de los nuevos
prestadores, priorizando al sector sin fines de lucro, en tanto ha sido
relegado normativamente con anterioridad a la sanción de las Leyes Nros.
26.053 y 26.522, por cuanto se encontraba vedado su ingreso como
prestador del servicio de que se trata.
Recuerda que para asegurar el ingreso de nuevos prestadores y la
democratización del espectro radioeléctrico, la Ley Nº 26.522 estableció
en su artículo 89 reservas obligatorias, entre las que se encuentra el
33% de las localizaciones radioeléctricas planificadas —en todas las
bandas de radiodifusión sonora y de televisión terrestre, en todas las
áreas de cobertura—, para las personas de existencia ideal sin fines de
lucro, sin perjuicio de la posibilidad de ampliar dichas reservas en
virtud de la incorporación de nuevas tecnologías que permitan un mayor
aprovechamiento del espectro.
-Deja sin efecto concurso en la ciudad de Buenos Aires-
En tanto por Resolución 930/2012 publicada hoy en el Boletín Oficial la
AFSCA dejó sin efecto concurso público convocado para la adjudicación
de licencias para prestar un servicio de televisión abierta digital en
la norma ISDB-T, en la ciudad de Buenos Aires, dado que la
disponibilidad de espectro se encuentra condicionada por los servicios
preexistentes y por constituir zona de coordinación internacional.
En los considerandos expresa que en ámbitos geográficos como el de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los que la disponibilidad de
espectro se encuentra condicionada por los servicios preexistentes y por
constituir zona de coordinación internacional, resulta conveniente que
decisiones que puedan comprometer su ocupación sean acompañadas por
nuevas medidas de planificación que procuren compatibilizar los diversos
intereses que se verifican.
Precisa que razones de interés público aconsejan dejar sin efecto el
concurso público, disponiéndose la devolución de los montos
oportunamente abonados en concepto de adquisición del pliego de bases y
condiciones, así como de las garantías constituidas por los oferentes.
En el procedimiento de selección, cuya apertura tuvo lugar el día 21 de
noviembre de 2011, concurrieron como oferentes las firmas Polo Channel
Sociedad Anónima; León Negro Sociedad Anónima, y Fernando Blanco.
Dice además que en tanto no ha mediado acto administrativo que resuelva
el concurso, y evaluando la preeminencia del interés público
comprometido, se considera necesario dictar un acto administrativo en el
sentido indicado.