La reforma laboral progre
Juntos por el Cambio y las cámaras empresarias buscan imponer una reforma laboral regresiva, que quite derechos a los trabajadores, porque aducen que hay un exceso de protección que afecta la generación de empleo. Mientras martillan con esa consigna para instalarla como sentido común, cómo es en realidad la reforma que habría que hacer para devolver a los trabajadores lo que perdieron desde la dictadura a la actualidad. Por David Cufré. El gobierno porteño de Horacio Rodríguez Larreta anunció que pagará un bono de 60 mil pesos a los docentes que no adhirieron a medidas de fuerza con el dinero que descontará a los trabajadores que sí participaron de los paros. Si la última dictadura no hubiera derogado el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, ese castigo ahora difícilmente hubiera encontrado margen social para aplicarse.
Aquel artículo impedía el descuento salarial de los días de huelga
cuando la culpa del conflicto fuera del empleador, dentro de un marco
conceptual general que tendía a resguardar el derecho a la protesta.
Juntos por el Cambio aplica el criterio contrario: busca desalentar los
reclamos y sanciona a quienes los realizan. La principal fuerza
opositora y las cámaras patronales más poderosas buscan imponer una
reforma laboral regresiva, que quite derechos a los trabajadores, con el
argumento de que hay un exceso de protección que desalienta la creación
de puestos registrados. Mientras martillan mediáticamente con esa
consigna para instalarla como sentido común, la realidad es que desde la
dictadura para acá los trabajadores fueron perdiendo terreno en su
disputa con el capital tanto en el plano normativo como en los hechos
consumados.
Un caso dramático, ilustrativo de ese proceso, se
conmemoró este viernes: se cumplió un nuevo aniversario de la noche de
las corbatas, cuando en 1977 la dictadura secuestró a 14 abogados
laboralistas y algunos de sus familiares que defendían a los
trabajadores. Entre ellos estaba Norberto Centeno, abogado de la CGT y
autor del anteproyecto que luego se convirtió en la Ley de Contrato de
Trabajo, en 1974. Es decir, las fuerzas represivas no solo arrebataron
derechos a la clase obrera, sino que se encargaron de dejar un mensaje
con el asesinato de uno de los referentes intelectuales de sus
conquistas.
Las pérdidas
"La Ley de Contrato de Trabajo de 1974
fue modificada por la dictadura en abril del '76. Fue una de las
primeras medidas legislativas que tomaron los militares, en respuesta a
una exigencia muy fuerte del poder económico. Cuarenta años después, la
democracia sigue en deuda con la clase trabajadora porque nunca le
restituyó los derechos quitados por la dictadura", analiza Matías
Cremonte, presidente de la Asociación Latinoamericana de Abogados
Laboralistas.
Algunos ejemplos. Aquella ley de 1974 ponía un freno
sustancial a la tercerización laboral, un mecanismo clave que usan las
empresas para bajar costos salariales, quebrar la representación
sindical y desligarse de la suerte de un conjunto de trabajadores que
les prestan servicios pero que aparecen contratados por alguien más. La
norma establecía que el convenio que regía en una empresa era el de la
actividad principal, y que sus representantes sindicales eran los de esa
actividad. Por caso, un banco podía tener subcontratadas las tareas de
mantenimiento, seguridad, transporte o lo que fuera, pero los
trabajadores de esas empresas cobraban el sueldo de convenio de los
bancarios y su sindicato era el de los bancarios. Con la derogación del
artículo 32 de la ley, ese criterio fue desplazado por el que rige en la
actualidad, con servicios atomizados y trabajadores que por vía de la
tercerización pierden salarios y amparo gremial.
Luis Ramírez,
abogado laboralista y experto en la materia, explica que el modelo de la
tercerización laboral es producto de la globalización. "Es parte de la
estrategia del neoliberalismo para imponer en el mundo la libre
circulación de bienes y capitales, no así de personas, lo que
supuestamente llevaría al desarrollo económico y social", señala. "Se
preveía que el abatimiento de las fronteras nacionales y el rechazo a
todo tipo de `proteccionismo' sometería a las empresas a mercados
cambiantes e inestables, y a presiones externas que sólo podrían
soportar las que hubieran podido subdividir el proceso productivo y
descentralizarse", agrega. "Así, ante una contracción del mercado, caída
de la rentabilidad o problemas financieros, se rescinden los contratos
con los proveedores de servicios, quedando a cargo de éstos el trabajo
sucio de las suspensiones, los despidos o el cierre de la empresa",
completa.
Lo único que quedó de la ley de 1974 es que la empresa
principal es solidariamente responsable de lo que ocurre con el personal
de las subcontratadas. Si hay un despido sin causa en esta última, la
primera también es responsable. Sin embargo, la reforma laboral que
intentó el gobierno de Mauricio Macri y la que postula ahora Juntos por
el Cambio pretendía terminar con ese precepto, para que la
"independencia" de la gran empresa de la suerte de los trabajadores de
sus contratistas fuera total.
Otro punto de la Ley de Contrato de
Trabajo que quitó la dictadura y nunca volvió fue la prohibición de los
turnos rotativos en las empresas que no tuvieran que trabajar de esa
manera por causas de fuerza mayor, como las industrias que no pueden
apagar un alto horno el viernes para volver a encenderlo el lunes. Con
ello, ahora es la empresa la que define cuándo se trabaja y cuándo se
descansa, en turnos rotativos que desorganizan la vida del trabajador y
su familia, en todo el sector fabril.
Prescripción
La
flexibilización laboral que se fue imponiendo desde la dictadura y que
se perfeccionó con los gobiernos neoliberales de la democracia también
discrimina a los trabajadores en su derecho de defensa en tribunales. El
plazo de prescripción cuando se trata de una demanda laboral quedó
reducido a dos años, a diferencia del resto de los contratos que se
rigen por el código civil y comercial, que fija un plazo de cinco años.
Por
ejemplo, un trabajador al que le liquidaron mal el sueldo durante
veinte años, solo puede reclamar por los últimos dos. Y en general solo
lo hace en caso de despido, para no poner en riesgo su relación laboral.
"Una reforma laboral progresista debería establecer que se puede
reclamar por todo el período mal liquidado, además de llevar el plazo de
prescripción para iniciar el reclamo a cinco años", indica Cremonte.
Otra
vez, Juntos por el Cambio pretende favorecer más a las empresas, ya que
plantea -también lo intentó con Macri y fracasó- que el plazo de
prescripción para los juicios laborales sea de apenas un año.
Un caso
actual expone la visión empresaria sobre la resolución judicial de los
conflictos laborales. La Unión Industrial Argentina, la asociación de
fabricantes de autos (Adefa), la Cámara de Comercio, IDEA y el Colegio
de Abogados se quejaron este viernes por todos los medios porque un
tribunal porteño estableció un mecanismo de actualización de los montos
de los juicios laborales que les parece un despropósito. Fue la Cámara
Nacional de Apelaciones del Trabajo de CABA, que dispuso que las
indemnizaciones se tienen que pagar a valor presente, es decir,
compensando el efecto de la inflación. El caso testigo es el de un
trabajador que tuvo que esperar nada menos que nueve años para cobrar lo
que le correspondía. La demanda era por 300 mil pesos, pero con la
actualización el empresario debe pagar 15 millones. Las cámaras
patronales se quejaron hasta en la Corte Suprema de la Nación y quieren
dar vuelta el fallo para que las indemnizaciones queden atrasadas con el
paso del tiempo y la inflación.
Lo que no dicen los empresarios es
que no existe ningún mecanismo unificado de actualización de los
juicios, sino que cada distrito y cada juzgado usa su propio criterio.
Eso no hace más que perjudicar a los trabajadores en la enorme mayoría
de los casos, que generalmente sufren una pérdida sustancial al cobrar
indemnizaciones que quedaron desactualizadas ante la suba de precios.
"Otro punto para una reforma laboral progresista es una ley nacional que
establezca cómo se actualizan las indemnizaciones", indica Cremonte.
Trabajo
La
muletilla de que las leyes laborales impiden la creación de puestos de
trabajo formales queda desmentida con la evolución del desempleo de 2003
a la fecha. El kirchnerismo recibió el país con 25 puntos de
desocupación y lo dejó en 5,9 por ciento en 2015, no solo con las leyes
actuales, sino con algunas conquistas que recuperaron los trabajadores.
Por el contrario, durante el macrismo se avanzó otra vez con medidas
flexibilizadoras y la desocupación aumentó. Ahora, en el gobierno de
Alberto Fernández la desocupación bajó más de cinco puntos, pero las
leyes no se tocaron.
"Lo que determina la creación de empleos es el
ciclo económico y las políticas que se aplican", resume Cremonte. Como
se ve, efectivamente se necesita una reforma laboral, pero no para
quitar derechos como buscan Patricia Bullrich, Rodríguez Larreta o
Javier Milei, sino para devolverle a los trabajadores lo que les han
quitado.