Cristina Kirchner a la presidencia del Partido Justicialista
La justicia electoral rechazó el pedido Ricardo Quintela. La resolución de Servini que allana el camino de Cristina Kirchner a la presidencia del Partido Justicialista La jueza María Romilda Servini respaldó los argumentos de la junta electoral partidaria para impugnar la lista que encabezaba Quintela. El gobernador pedía la suspensión de la interna del PJ. La jueza federal electoral María Romilda Servini finalmente rechazó el pedido de los apoderados de la lista "Federales, un grito del corazón", que encabeza el gobernador riojano, Ricardo Quintela, de suspender la elección interna del próximo 17 de noviembre del Partido Justicialista. La jueza consideró que la decisión de la junta electoral partidaria de impugnar la lista de Quintela --por no contar con los avales correspondientes-- es correcta.
De esta manera la junta electoral del PJ está en condiciones de
proclamar a Cristina Fernández de Kirchner, que encabeza la lista
"Primero la Patria", como la nueva titular del peronismo a nivel
nacional. Según referentes de la lista de CFK, la proclamación debería
producirse en los próximos días. El texto del fallo de Servini dice que
tras una evaluación de "los hechos enunciados por la Junta Electoral y
los fundamentos esgrimidos en la resolución mediante la cual se tuvo por
no oficializada la lista de la apelante, corresponde señalar que además
de las observaciones efectuadas a algunas candidaturas de la lista
recurrente la cuestión principal abordada en la resolución atacada
guarda relación con el incumplimiento de la debida presentación de
avales efectuada por la actora".
En otro tramo, Servini recuerda que
la lista de Quintela no cumplió con el requisito de la cantidad de
avales exigidos por el reglamento electoral del PJ. El piso requerido es
del 2 por ciento del padrón electoral nacional partidario. Sobre el
particular el escrito judicial sostiene que tras la evaluación realizada
por la Junta electoral partidaria se contabilizaron "48.751 avales
válidos, siendo un número muy inferior al requerido por la normativa
partidaria (Piso mínimo reglamentario es de 62.465 avales)". Es más,
recuerda que a pesar de la extensión del plazo para presentar los avales
faltantes, la lista de Quintela no cumplió con la exigencia.
En
cuanto a la queja presentada por los apoderados de la lista de Quintela
sobre la validez del control de los avales que hizo la junta electoral,
el juzgado de Servini sostiene que "Federales, un grito de corazón" dice
haber presentado 70.531 avales. Afirma también que la juntal electoral
contabilizó 60.755 y que unos 6.809 fueron observados por estar la
información incompleta, como la falta de las fotocopias de DNI,
planillas fotocopiadas o "sin las firmas de los avalistas". Había
también, dice el juzgado, otros cinco mil avales que tenían otro tipo de
falencias.
Ante ello, Servini afirma que los apoderados de Quintela
"no acompañaron elementos probatorios que permitan realizar un análisis
distinto al que fuera llevado a cabo por la Junta Electoral, en
relación a la falta de cumplimiento de los requisitos esenciales en
cuanto a la cantidad y validez de los avales presentados". Es más, la
jueza afirma que "se limitaron a mostrar su disconformidad con el
control realizado con la custodia del material, no precisando
objetivamente por ejemplo cuales han sido las planillas que no fueron
contabilizadas".
Servini se expresó también sobre la ausencia de
argumentos por parte de los representantes de Quintela, Jorge Yoma,
Daniel Llermanos y Sandra Vanni a la hora de rechazar la decisión de la
junta electoral partidaria. "Sólo expresa su descontento con lo
resuelto, puesto que no existen argumentos distintos a los que analizara
la Junta Electoral Nacional, no acompañando ningún elemento que permita
sostener que la Junta Electoral haya actuado de manera parcial
favoreciendo a la otra lista participante", destaca la resolución de
Servini.
En el planteo que habían realizado los apoderados Jorge
Yoma, Daniel Llermanos y Sandra Vanni, se destacaba una supuesta "falta
de interés de realizar los comicios por parte de la Junta Electoral" y,
sobre todo, la ausencia de una depuración de los padrones de afiliados.
La jueza destaca que estas observaciones se hicieron con posterioridad
al rechazo a la lista de Quintela por la falta de avales.