Monotributo
Nueva moratoria que AFIP reglamentará en los próximos días
La ley se promulgó este jueves en el Boletín Oficial. Habrá un plan de pagos de hasta 5 años para saldar las deudas tributarias. El Gobierno promulgó la ley de Monotributo que aprobó la semana pasada el Congreso y, entre este viernes y el lunes próximo, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), organismo a cargo de Mercedes Marcó del Pont, establecerá la reglamentación que incluirá desde las nuevas escalas para el régimen simplificado hasta las condiciones que tendrá la nueva moratoria para monotributistas. Para tramitar el Régimen de Regularización de Deudas ante la AFIP, se deberá ingresar online al apartado de trámites con CUIL y Clave Fiscal. La tasa de interés que se aplicará en la moratoria dependerá de la categoría del monotributista, cuya escala se determina entre otras cuestiones por su nivel de facturación.
monotributo: promulgan ley y afip pone en marcha nuevos beneficios
Uno
de las cuestiones que deberá reglamentar el fisco será la moratoria
impositiva que estableció el proyecto convertido en ley la semana pasada
por el Senado. Ese Régimen de Regularización de Deudas incluirá todos
los pasivos acumulados por obligaciones devengadas o infracciones
cometidas hasta el 30 de junio pasado por los componentes impositivo y
previsional, incluido obra social, de las cuotas del régimen
simplificado.
La nueva norma detalló que entre las sumas que podrán
ser incluidas en la moratoria estarán aquellas que “se encuentren en
curso de discusión administrativa o sean objeto de un procedimiento
administrativo o judicial”. Una de las condiciones de la moratoria es
que el plan de pago tendrá un máximo de 60 cuotas con una tasa de
interés con un tope de 1,5 por ciento. Según anticipó este miércoles
Marcó del Pont tras la reunión de gabinete económico, la reglamentación
de AFIP establecerá que para las categorías más bajas ese interés será
menor, de 1,25 por ciento. La letra chica del organismo tributario
además alcanzará a otros puntos incluidos en la ley, explicaron fuentes
oficiales a Infobae. La norma comprende un esquema progresivo de
actualización de escalas que actualizará las categorías más bajas en un
77%, cuando el incremento previsto para este año era originalmente del
35 por ciento. De esa manera, las escalas quedarán determinadas con
ingresos brutos anuales hasta $370.000 para la categoría A, la Bc con
hasta $550.000, la C hasta $770.000, la D hasta $1.060.000, la E hasta
$1.400.000, la F hasta $1.750.000, la G hasta $2.100.000, la H hasta
$2.600.000, la I hasta $2.910.000, la J hasta $3.335.000 y la K hasta $
3.700.000.